plan rehabilitación El Ministerio de Fomento ha habilitado ayudas para la rehabilitación de viviendas, el 98% del parque de viviendas de nuestro país puede concurrir. El plan permite ventajas fiscales en el  IRPF: se pueden deducir el 20% de las cantidades invertidas en obras y reparaciones domésticas, permitiendo un ahorro de hasta 4.000 euros en la declaración de la renta. Además permite aplicar el IVA reducido (8%) en las facturas de profesionales.

Las mejoras permiten mejorar la calidad de vida mientras se consigue revalorizar la vivienda habitual o no residencial

Características de las ayudas

La deducción en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) por obras de mejora es aplicable a cualquier tipo de vivienda propiedad del contribuyente, ya sea la residencia habitual o cualquier otra, incluidas las que se ponen en alquiler, con la única excepción de que no estén afectas a actividades económicas por parte del contribuyente.

La deducción será del 20% de las cantidades invertidas en las obras efectuadas en la vivienda, con el límite de 6.750 euros anuales. Dicha base máxima de deducción se reducirá progresivamente para aquellos contribuyentes que tengan una base imponible superior a 53.007,20 euros anuales, hasta quedar a cero para los contribuyentes con una base imponible superior a 71.007,20 euros.

Las cantidades satisfechas en un ejercicio no deducidas por exceder de la base máxima anual de deducción podrán deducirse, con el mismo límite, en los cuatro ejercicios siguientes.

La cuantía máxima que un mismo contribuyente puede deducirse respecto de una vivienda queda fijada en 20.000 euros, pudiendo llegar hasta los 4.000 euros el ahorro derivado de la aplicación de esta deducción. En un solo ejercicio, la inversión máxima que un contribuyente puede someter a deducción es de 6.750 euros. Esto significa que el ahorro anual máximo del que se puede beneficiar un contribuyente es de 1.350 euros (el 20% de 6.750 euros), lo que permite equiparar el límite de esta deducción con la existente por inversión en vivienda.

Condiciones de aplicación

La deducción tiene carácter temporal y se podrá aplicar a las obras realizadas (cantidades satisfechas) hasta el 31 de diciembre de 2012.

El carácter finalista de las obras debe ser la mejora de la habitabilidad de la vivienda: eficiencia energética y del uso del agua, accesibilidad e instalación de infraestructuras para el acceso a Internet o a la TDT. Quedan excluidas las obras en garajes, jardines, parques, piscinas, elementos deportivos y análogos.

Los medios de pago están limitados a tarjeta de crédito o débito, transferencia bancaria, cheque nominativo o ingreso en cuenta en entidad de crédito. No se admiten los pagos en metálico. Esta deducción es incompatible con la deducción por inversión en vivienda cuando se trata de obras susceptibles de acogerse a ambos incentivos, de tal manera que solo se aplique uno de ellos.

IVA reducido al 8%(más información pulsando aquí)

El derecho a la deducción en el IRPF exige factura detallada con todos los requisitos legales, incluyendo el desglose de IVA.

En este punto, cabe recordar que otra de las medidas puestas en marcha por el Gobierno para incentivar la actividad del sector ha sido reducir el tipo impositivo de IVA aplicable es del 8 % para la renovación y reparación de viviendas (incluye trabajos de albañilería, fontanería, electricidad, pintura, carpintería, etc.).

Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012(+info pulsando aquí)

Todos estos incentivos fiscales vienen a sumarse, además, a la batería de medidas que el Ministerio de Fomento tiene en marcha. Concretamente, el Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012 prevé dos ejes específicos en este ámbito:

  • Las “Ayudas Renove”, que concede subvenciones para la rehabilitación de edificios y viviendas, que tengan por objetivo la mejora de eficiencia energética, protección ambiental, seguridad y accesibilidad.
  • Las Ayudas para la rehabilitación de barrios a través de Áreas de Renovación Urbana (ARU) y Áreas de Rehabilitación Integral (ARI), según sea preciso derribar los edificios, o rehabilitarlos. En este caso, las ayudas directas a los propietarios oscilan entre 5.000 y 30.000 euros, según se incluya la propiedad en un área de Rehabilitación Integral, o en un Área de Renovación Urbana.

A través del Plan Estatal, con una inversión prevista de 1.700 millones de euros, se podrán realizar 470.000 actuaciones de rehabilitación. Entre 2009 y 2010 ya se han rehabilitado 160 mil viviendas. Entre 2011 y 2012, se rehabilitarán otras 200.000.

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