El Ayuntamiento de de Fuentes de Ebro por Resolución de Alcaldía n.º 2019-016, de fecha 11 de Abril de 2019, ha aprobado la constitución de la bolsa de empleo para cubrir las posibles vacantes temporales que sucedan en los puestos de Monitor de tiempo libre para cubrir actividades relacionadas con infancia y juventud (en diferentes programas del espacio joven, ludoteca, escuela infantil (0-3 años), divervacaciones, verano activo, etc) , con la relación de aspirantes que puede consultarse en el siguiente enlace: Resolución 2019-016 Bolsa de empleo monitor de tiempo libre.
El acta de baremación puede consultarse en el portal de transparencia de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Fuentes de Ebro.
Formación y funcionamiento de la lista de espera.
Los aspirantes no contratados quedarán en lista de espera, ordenados por la puntuación obtenida. La contratación se efectuará por resolución de Alcaldía. El tipo de contrato, su duración y la jornada de trabajo dependerá de las necesidades que justifique, en cada caso, la contratación.
El funcionamiento de la lista será el siguiente:
- Procedimiento: Se contactará telefónicamente con los aspirantes siguiendo rigurosamente el orden establecido en la lista. El aspirante deberá dar una contestación a la oferta de empleo en el plazo máximo de dos horas desde que ha sido localizado. En el caso de que no se pueda localizar a un aspirante después de haber intentado tres llamadas telefónicas en el horario de 8:00 a 14:30, se procederá a llamar al siguiente aspirante de la lista, manteniendo el aspirante no localizado la misma posición que tenía adjudicada originariamente en la lista de espera. De las gestiones realizadas se dejará constancia por escrito en el expediente.
- El rechazo de una oferta de empleo, sin la debida justicación, implicará el pase a la última posición de la lista. Son causas justicadas para rechazar la oferta la acreditación de estar trabajando o encontrarse en situación de baja laboral o maternal. En estos supuestos, el aspirante continuará en la misma posición que ocupaba inicialmente, si bien no se le ofrecerán ofertas de empleo hasta que comunique al Ayuntamiento su disponibilidad, por haberse modicado la causa que alegó para no aceptar la oferta de trabajo. La realización de una contratación no excluye la posibilidad de ser contratado nuevamente en otras ocasiones, ni hace perder al aspirante la posición que ocupaba en la lista de aprobados.
- La contratación para el desempeño de una plaza no excluye la posibilidad de ser contratado nuevamente, en una o varias ocasiones, ni hace perder al aspirante la posición que ocupaba en la lista.