El Ayuntamiento de Fuentes de Ebro, habiendo transcurrido el plazo de diez días dado para que los solicitantes pudiesen realizar alegaciones a la resolución provisional de las Becas de apoyo al estudio. Curso 2022-23, sin que ninguno de los interesados haya realizado ninguna alegación, emitió el pasado viernes 03-02-2023 la siguiente propuesta de resolución definitiva.

Contra la Resolución que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante la Alcaldía de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación o de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de Aragón, sección BOPZ (si así lo establece la convocatoria), de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Zaragoza, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso que los interesados pudieran estimar más conveniente a su derecho.

Sergio Ramo