Por resolución de Alcaldía número 2021-0179, de fecha 29 de abril de 2021, se aprobaron las bases y la convocatoria para la constitución de una bolsa de empleo para cubrir vacantes en los puestos de auxiliar administrativo por bajas o excedencias laborables. Tras su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza, el 04 de mayo de 2021, se ha abierto el plazo de presentación de solicitudes que será de veinte días naturales, finalizando, por tanto, el 24 de mayo (incluido). 

Requisitos de los aspirantes

Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos, referidos al último día del plazo de presentación de instancias:

  1. Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
  2. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
  3. Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
  4. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, se deberá acreditar no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo o público.
  5. Estar en posesión de alguno de los siguientes títulos: Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, Técnico de Grado Medio, Formación Profesional de Primer Grado, o equivalentes. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estarse en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación. Además se adjuntará al título su traducción jurada.
Sistema de selección

El sistema elegido para proveer la plaza es el de concurso-oposición.

Fase de oposición: En esta fase se puntuará hasta un máximo de 80 puntos. La fase de oposición consistirá en una prueba de carácter teórico sobre las funciones del puesto a desempeñar en la que habrá que responder a un cuestionario de 40 preguntas tipo test con cuatro respuestas alternativas (valorado en 40 puntos) en un tiempo de 45 minutos y uno o varios supuestos prácticos relacionados con las funciones correspondientes al puesto de trabajo (valorado en 40 puntos), pudiendo comprender pruebas ofimáticas, en un tiempo de no más 150 minutos, pudiendo los aspirantes hacer uso de textos legales pero no de textos comentados. Para poder pasar a la fase de concurso será necesario obtener una calificación mínima de 40 puntos.

Fase de concurso: Se puntuará hasta un máximo de 20 puntos la valoración de los siguientes méritos, referidos al último día de presentación de solicitudes:

  • Experiencia laboral relacionada con las funciones del puesto (máximo 9 puntos). Por haber prestados servicios en cualquier Administración Pública como funcionario, funcionario interino, personal laboral fijo o contratado en plazas de contenido similar a de la plaza que se convoca, hasta un máximo de 9 puntos, a razón 0,375 puntos por mes completo. Forma de acreditación: El apartado de experiencia se acreditará mediante Certificado de vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social o Certificado de servicios prestados en el caso de empleados públicos, o contratos de trabajo registrados por el INEM en los que se haga constar la duración de dicha prestación con fecha de inicio, finalización y denominación del puesto de trabajo desempeñado o, en su caso, especialidad para la que se le ha contratado.
  • Cursos de formación y perfeccionamiento (máximo 5 puntos) de acuerdo al baremo y los requisitos que figuran en las bases.
  • Titulación, formación reglada (máximo 6 puntos) de acuerdo al baremo y los requisitos que figuran en las bases.

La calificación final del concurso-oposición para aquellos aspirantes que hayan superado el ejercicio de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de la puntuación obtenida en la fase de concurso y de la calificación atribuida en la fase de oposición, lo que determinará el orden de puntuación definitivo.

El orden de los aspirantes que formarán la bolsa de empleo vendrá determinado por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y concurso,  y resueltas en su caso las situaciones de desempate bajo el criterio que recogen las bases. Para formar parte de la bolsa se deberá haber aprobado la fase de oposición.

Plazo y presentación de solicitudes

Las solicitudes requiriendo tomar parte en las correspondientes pruebas de acceso, en las que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases generales para la plaza que se opte, se dirigirán a la alcaldesa del Ayuntamiento de Fuentes de Ebro y se presentarán en el Registro de entrada del Ayuntamiento de Fuentes de Ebro, o en alguno de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el BOPZ.

La documentación a presentar será:

  • Solicitud de participación conforme al modelo que figura como anexo núm. 1 de estas bases.
  • Fotocopia simple del DNI del solicitante.
  • Currículum profesional del aspirante, que deberá aportarse junto con los documentos justificativos de los méritos relacionados en el mismo, para poder ser valorados en la fase de concurso.
  • Fotocopia simple de las siguientes titulaciones: Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, Técnico de Grado Medio, Formación Profesional de Primer Grado, o equivalentes.
  • Declaración responsable conforme al modelo que figura como anexo núm. 2 de estas bases.
  • Calificación de minusvalía, en su caso.
  • Justificante de pago de la tasa establecida de 16 euros (Ordenanza fiscal núm. 36, epígrafe VIII).

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Sergio Ramo