
Por resolución de Alcaldía núm. 2025-0209, de fecha 18 de junio de 2025, se aprobó la constitución de una bolsa de empleo de operario de mantenimiento y control de aguas al objeto de cubrir con carácter temporal vacantes, sustituciones transitorias o necesidades temporales del personal laboral, en régimen laboral temporal, por el sistema de concurso de méritos.
Objeto de la convocatoria.
Es objeto de la presente convocatoria la constitución de una bolsa de empleo de personal laboral temporal en la categoría de operario de control y mantenimiento de aguas, por el sistema de concurso de méritos, destinada a la provisión de personal laboral del Ayuntamiento de Fuentes de Ebro, cuando surjan necesidades de contrataciones laborales temporales por vacantes, permisos, licencias, sustituciones transitorias o necesidades temporales por mayor carga de trabajo y, siempre que así se acuerde por la Alcaldía-Presidencia de la Corporación.
Las personas que integren la bolsa podrán ser contratadas como personal laboral temporal bajo alguna de las modalidades contractuales de duración determinada cuando concurran cualesquiera circunstancias previstas en la legislación vigente, de conformidad con lo establecido en el artículo 15 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
La vigencia de la bolsa que se constituya se mantendrá en tanto o se apruebe una nueva bolsa o mientras se estime necesario el mantenimiento de la misma y anulará y dejará sin efecto cualesquiera otras bolsas que estuvieran vigentes en el momento de su constitución. No obstante, la vigencia de estas bolsas es de dos años con posibilidad de prórroga por un año más, no pudiendo superar su duración, incluida la prórroga, los tres años de duración.
Desarrollo del proceso selectivo
Los procesos de selección constarán de una única fase, siendo esta el concurso, consistente en la valoración de los méritos acreditados por las personas aspirantes de acuerdo con el baremo que se especifican en las presentes bases y cuya calificación final se procederá a hacer pública, una vez finalizada su valoración, por parte de los tribunales calificadores, mediante su exposición en el tablón de anuncios de la Corporación, así como en su sede electrónica: http://fuentesdeebro.sedelectronica.es. Los méritos deben valorarse con referencia a la fecha de cierre del plazo de presentación de instancia y se acreditarán documentalmente con la solicitud de participación. La puntuación total máxima a obtener en la fase de concurso será de 100 puntos.
Los criterios establecidos para la fase de concurso de méritos serán los siguientes, conforme al baremo de ellos establecido:
A) Experiencia profesional: Se valorará, con un máximo de 70 puntos, los servicios prestados de la siguiente manera:
- Por servicios prestados en el Ayuntamiento de Fuentes de Ebro en el puesto objeto de la convocatoria: 0,60 puntos por cada mes completo de servicios.
- Por servicios prestados en el Ayuntamiento de Fuentes de Ebro en otro puesto distinto al objeto de la convocatoria, en razón de 0,30 puntos por cada mes completo
de servicios. - Por servicios prestados en otras Administraciones Públicas en puestos pertenecientes al grupo/subgrupo del puesto convocado, dentro de la misma escala, subescala, clase y/o categoría: 0,20 puntos por cada mes completo de servicios.
- Por experiencia acreditada en puestos similares a los de la bolsa que se convoca en cualquier centro de trabajo privado, a razón de 0,10 puntos por cada mes (máximo 4 puntos).
En todos los casos no se tendrán en cuenta las fracciones de tiempo de servicios inferiores a un mes.
B) Formación: Se valorará con un máximo de 25 puntos, conforme al siguiente baremo:
- Cursos de formación: Acciones formativas que hubieran sido impartidas por centros oficiales o debidamente homologados y versen sobre materias directamente relacionadas con los correspondientes puestos de trabajo objeto de la presente convocatoria, a razón de 0,30 puntos la hora.
- Formación complementaria: Por la realización de cursos directamente relacionados con los cometidos, tareas y funciones propias del puesto de trabajo a razón de 0,10 puntos la hora (máximo 10 puntos).
C) Entrevista: Tras la valoración de la experiencia profesional y la formación de los apartados, respectivamente, se podrá convocar a las personas aspirantes, a criterio del tribunal calificador, a la realización de una entrevista de carácter no eliminatorio.
Esta entrevista consistirá en mantener un diálogo con el tribunal sobre cuestiones vinculadas a las funciones a desarrollar y a la experiencia profesional expuesta en el los méritos aportados, principalmente orientadas a valorar los siguientes aspectos:
- Conocimientos del puesto de trabajo.
- Motivación e iniciativa para el ejercicio del puesto de trabajo.
- Experiencia del aspirante.
- Comprobación o aclaraciones de los méritos alegados.
La entrevista se valorará con un máximo de 5 puntos.
Forma y plazo de presentación de instancias.
Las solicitudes (según Anexo II. Instancia de solicitud) requiriendo tomar parte en el correspondiente proceso de selección, en el que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases generales, para la bolsa que se opte se dirigirán al señor alcalde-presidente de este Ayuntamiento de Fuentes de Ebro y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento o en alguno de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el pazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el BOPZ (hasta el 8 de julio de 2025 a las 14:00 horas).
A la solicitud se acompañará la siguiente documentación:
- Fotocopia del documento nacional de identidad. Los aspirantes extranjeros deberán aportar, en su caso, la documentación acreditativa de que concurren las circunstancias, previstas en el artículo 57 TREBEP, que les permiten participar en las pruebas. La documentación en idioma distinto del español deberá presentarse acompañada de su traducción jurada.
- Fotocopia de la titulación exigida o certificado de solicitud de expedición del título donde conste el abono de las tasas correspondientes.
- Fotocopia de los méritos alegados. No serán tenidos en cuenta los méritos alegados sin el debido respaldo documental.
- Modelo de auto baremación de mérito (según Anexo III. Modelo de autobaremación que incluya la relación de méritos que manifiesta poseer, así como fotocopias acreditativas de los mismos para su valoración en el concurso:
- Para acreditar la experiencia profesional en la Administración Pública: Obligatoriamente deberán aportar certificado de servicios prestados emitidos por el órgano competente de la Administración Pública donde se hubieren realizado indicando, al menos, denominación del puesto de trabajo, naturaleza jurídica de la relación y duración exacta del período de prestación de servicios e informe de la vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social.
- Para acreditar la experiencia profesional en la empresa privada: Obligatoriamente contratos de trabajo y vida laboral.
- Para acreditar la titulación académica: Deberán aportar copia simple de la misma. En el supuesto de estar en posesión de título equivalente al exigido en esa convocatoria, habrá de alegarse la norma que establezca la equivalencia o, en su caso, la homologación. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que
acredite, en su caso, la homologación en España.
No serán valorados los méritos alegados sin la correspondiente justificación documental, así como tampoco los méritos que no precisen créditos u horas de cursos, ni materia, ni aquellos que no precisen duración de los contratos y/o servicios prestados en la Administración Pública. La acreditación de aquellos méritos no aportados dentro de la presentación de la solicitud no podrá ser objeto de posterior subsanación.
Todos los documentos exigidos en las presentes bases deberán estar redactados en castellano o ir acompañados de traducción oficial.
Los archivos adjuntos a las solicitudes que se presenten a través de la sede electrónica de Ayuntamiento de Fuentes de Ebro deberán tener formato PDF (no se admitirán imágenes) y en ningún caso podrán superar los diez archivos. Deberán ser totalmente legibles y estar ordenados e identificados y no se admitirán archivos tipo zip o formato similar.
Más información:
Para más información sobre el proceso selectivo consulte las bases completas de la convocatoria en el siguiente enlace: